, , ,. . . . . . , , '"! FPP!" "F?"!" *! vfar de los breues, puede diſpenſar cõ ellos lin, q̃ellos tengan la bulla, "!"?"!"?" deſpues qué te ha predicado la expediF""" "éllá y y! no la hallán!" Es Rel puella del I"adre Maeſtro. de ¶ 6 la primera duda digo, que fin tomarla bul la los Indios f" P"" """ " calar en el terce- ro y quatro grado como antes. La razon dé lto es, por que ello ya entre los Indios es c" """" derecho, y la tal bulla que diſpenſa en él contraber Matrimonio en tercero y quar- to grado, no es prit"F?"gio. fino Extra""ganté y de derecho. Y """ """ ""o lo fue qũando ella uan los grados de Martinienio el tendidos ! Iiete grados, los Fl""A? es ſe reduxeron a qua- tro por ln nocenti". 8. Lo ""iſtro I"izo l"aulo á con ellos Indios, que los reduxo al pri- mero y fegundo. Y ello que aqui digo no es fola opinion mia, lino tambien a ueriguada con otros muy doctos, "qui, y en Eſpaña s y conſultada y admitiria por el ſeñor ò r",-biſ- po Don Pedro Mo ya de Contreras: ¶ á la ſ grida digo, el fin ll"" la q̃ tenga el IA dio, ni aun el frav le lit." de diſper laren lo q̃ I" PArd̃ciere, q̃e ó tiáci"" "" """ſ""" "" T**s I"'I?"? I!"! qfAta cI?" Ay pr?"!" "Fg?"! P" "F?" "F?"!"! P"" "!" |
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