1., , , ,-,., ,. E. 1., ,..., , ,..., , asticulo fera bien, ſaber ſi los naturales q̃in- currieren en el caſo en que el Co"""Jíario de la Cruzada diſpensa [ dando los tales cierta línio ina pecuniaria li et an por el diſpenſados y compueltos . Elte caſo mas confille est pra- dica que en el peculacion á y aſsi ponelte ala letra lo que vu padre de tiri Orden ll"" ""ado fray loan de Lon muy docto y gran lictuo dé li l O S fcriuto el año de 92. del pues de suer conſultado ſobre eſto al Com̃millario general dé la Cruzada, dize aſí . En ellos caſos para t"" Indios no ay con policion a dinero como la. Ay con Eſpañoles. Preguntarmelian como IA""ys ello por que la bula plu"""",",", ni c. Su mario que da Eſpaña viene imprello p" """ "- IIAs coſas como arriba dixe no hazen cill"" "," Fion entre Eſpañoles ni entre Indios "" "" """ folutamente dize a los Commillarios 'I?" "? I?"!" "An diſpenſar y componer en eſtos c"","," """ "- otra diltitictionjs y quãdo la ley no tiill"" "gué tan poco noſotros de tiemos diſtingui !" ò """"," digo! que el Señor Arcobiſpo D"" """ "" "" "" Moya y Contreras s avra vevnte """ """. P" o """s ó menos fiendo Commillatio de I?" "F?" "- A!d", con los que para ello !" I""" """ "" "" "?" " "F" " V"A memoria cu q"?" P"" """ """ "¡""" """" """ |
![]() |