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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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muger, mostrandole carácias de amor, le di -
ga S ñor, ó Señora, quereysme por muger, ó
por marido, y ſin le matisfellar algo á por que
no le de alguna ſoſpecha j̃balla que él, o ella
con ſeñales le mueſtre que conſiénté, y balla
que entienda, tiene con ella entonces copuIA
marital, para que queden caſados. Aſí lo dize
fray Manuel. p. p. Summe. cap. z? 4. concl. z.
Y en ello concienẽ todos los demas. Mas: en
ſemejante caſo de impedimento occulto entre
los caſo dos, por el quAl rio fué valido el mA
trimonio y folo vn conforté le ignora y el P"
Iro lo fabe, lĩos ẽte indios puede ſe remediar
por elta vía lín qué aya nota. Diga el lacer-
dote el dello tiene noticia a los tales, como ẽ
la recelicion del Matrimonio ay dos coſas el
conſentio: tento de los partes, y la gracia, y q̃
ella gracia no la reſciben los que le caſan en -
peccado mortal, y por ventura quAndo ſe ca-
larorì no le ap." rel Aron como contienta, y que
le I? "! ce que ſerá bien agora de nueuo ſe reſ
cib." " """" el, y que en elto mereceran la gra
cia de tirá eſtro ſeñor, y hagales que le reſcibã
y ſ." querí nueuo conſentimiento en el Matri-
monio, diziendo. Vos N. reicebis a fulatio
que eſta aqui por marido. Y vos N. rescebis
el TII