,..., s , , ,. * " " " "' ancilla tua, iumentum tuum & adnen! qui Plt.)nttA Portas tuas, flec ille. Lo qual ſe contma por lo que decreto el Concilio Pro ninF"Al Mexicano, anno Domini . . 1. S. 1. vbi lupta, donde dize. Y por que acontece mu chAs vezes, auerle alquilado los Indios pa- ra trabajar en las haziendas de los Eſpaño- les, y ſuceden algunas fieſtas que los Eſ- pañoles ſon obligados aguardar, y los In- dios no, donde ſe toma occalion, para que el Llo! ñol no las guarde, como es obliga- do. Por en de [ Sacro approbante Concilio] Itatuy mos y mandamos, que los Eſpañoles no tra y gan obra aquellos dias, ni hagan tra balar a los Indios en ſus haziẽdas, Iino fué re con licencia del Dicecelano.én caſos por mitidos. llec ibi. De lo qual parecé clA- to, que los Indios podran alquilarle y trA- lialar los dichos dias gozando dé ſu P"F"A- legio, y que los Eſpañoles podrá"," ""¡" "IA? los, mas no compél erlos, ni torcátlo! AFl"" traba len - II" ITOR"NTICACION - I[ Simple precediendo al M."FF?"!"!"!" , R" "!"p!"? "i deshaze el Martim" "!" FPF"F", "?"? |
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