., , , , , , '" " " " "' ¶: I? ENITrt. TE. II 0.ue no traej al parecer] ó jor de ſus pec cados, puede serabltelto cõſolà Astriciõ, y como cumplira el con ellor con I" con I" ""- cia *! elle caſo, to. t. iiu. t. ¶l̃ No ha deter afligido por el numero dé los peccados, to. x. &. 8. nu. x. . ¶ lla de ſer examinado en la cõfeliton pru dentemente, de manera que la indultria dél Fonfellor fupla f!! falta, y deſcuydo. Io. P- A". 7. ¶. El que dize que cometio vea culpa mu FhAs vezes, y por al Ii ſe va, como ſe avra él confellor con el fo. x. nu. x. ¶. Ll que dexó de con Iéllar culpas morta- les por verguenca, ó temor, como fé Av! A él con I"Ilor con el fo. 4. nu. 8. & fo. I? nu"!"!: ¶. Q...ue no cumple las penitencias: Io. 1- 9. " & fo. iv. & t". ¶. IIA de ſer examinado del confellor prud" temente, y atray do a gran dolor, y aborrec! miento del peccado, y cllenſa de Dios, y A firme propofito de nunca mas boluer a él, y a F"" IéIAdo que le guarde de la culpA &c- I.-. "," "",-T!z: per totum: 'I I?" "F?" "I*!"FI" "F?" "!"? FPIPA!. P"" "!"? P* |
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