m̃duertencias para las Gon frlliones, y recebir Grdenes, y lo de atas que al ministerio de fus Ordenes hazen ex vi'Prinilegii. . 8. Item. A"las dichas Ordenes y Gon ful- tores le pide el verdadero y loridico entendi miento de la Quinimoda de Adtiano. 6. cerca de aquellas palabras, y intra duas dietas vbi non te fides Epiſcopus, vel aliquis eius Gt- li iali s] de que Vicario ſe entiende, fies delo. lo el prom forzo otro cualquier Vicario. 1. 8. Para respuesta de la lezra y le prima du das que en suma contienẽdo s puntos. El pri mero que las Ordenes le refueluan.lo que las Religiones puedẽ por prinilegios que tienen cerca de oye Confesſiones, y recebirOrdenes y lo de mas que al ministerio de fus Orde- nes haze ex vi prius tegii. 1. ofegundo, piden el verdadero y loridico entendimiento de la Cmnimoda de Adtiano. 6. exs efpectat cerca de aquellas palabras intra duas "dietas, vbi non resider Epiſcopus, vel aliquis eius Gfficia lis, Deque Gfficiat, o Vicatio ſe entiendec Si es de lolo el Preuitor, o, Vicario de Mexico, o otro qualquier Vicario. Reſpuella. Pot quan to ellas dudas requieren la noticia de los Iste ties concedidos por la Sede Apoſtolica a los " " Reli- |
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