l.os Gonlellores. x71 6. de Deziebre de 1581. ahos. yo el Rey. Por madado de fu Magestad. Antonio de Erallo, y hauiendo venido de estas Prouincia, y de o- tras de las Indias algunos Religiosos de las fobredichas Ordenes, y fignificado sixtles es incontituientes que ſe aman fegoido, y postri an leguir del efeãa y cumplimiento de la dicha"Cedula mando suntar algunos de mis Confessos y otras pertenas de muchas letras prudencia e intelligencia. l.os quales auten do villo los indultos Breues y concelliones de los Summos postrifices, y los demas pape- les que en razon delfo de las doctrina."avea la fecretaria de mi Confeto de las Indias, y las informaciones, Cartas, Relaciones, y pare- ceres que agora de nueno y con la occasion defLa Gedulafe an dado, embiado, y trardo de todas partes,alli por las Religiones, como per los Prelados y Cte rigos,me an consultado su parecer, y considerando que para poder to- mar reſolucion, y dar alienzo en negocio de tanta calidad e importancia, era sulto que co quedalle diligencia por hazer comos. insto de la que mas importa que es encomendar o a nuestro Señor, al elo. Lcomo aca le traer] auey s de fupficar todos con gran instancia "" "" "" 8. 4. . |
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