A dòertencias para sus confeliores pregunten a los Mercaderes o indios ticos. Estandado a ogro para man- dar les restituyr lo que afi veses, si lletrado. Ay propri vocab..."de legre. que es te sen- tia ixtlapa ca iz, ixtetechtl. ier-. cuixtiliztli, ypara tlexir diffcalogto. Cuix tetech otitlata tlapan. cuix tech o itlateteccaquixti. ¶ "El confellos pregunte si sistire a su penitẽ te fi cumpl la prestencia que le tocio porfia en la confeí sion palizo, y conforme a lo que a lo que le pareciere conuenit affle manes, q̃ la cuáspla. ofe la comare por que es confese for segundo puede constitar la penitencia im Puesta por el primer consejfer, sin oyr los pec cados por que pradora mere fe puede creer y. presumir que el conteitor primero no dixgllí llera. Y s, á lo mejor y mas segura cos. es co n esta la cualguna indulgencia de las que se ganar haziendo lo que contiene la bolsa ( si el penitese la tuuiere; asi se dizo sacarre en Consistis lib.- Consisto. xi. y ticorico iten- tiquez. Tomo-. de persiteri."-xeramẽto. lib. 4. cap. visimo. Dodo dixe. paroelius sextequa lis confeflarius ea ratione potest facilius co- nsutare, quia prior confeflarius censetur in- terpretatisse concedere eam licentiam, aut ex debita |