- , - , ¿, , , "" " " " los confelleres. el fe calo de frute inficio Ecclefle con Andres de sido de ican en el primero, ofegundo gra- do, que hara el confellos. Lo primero aduier ta que este matrimonio es culio. cincurre el que lo contrase . , salistrida, j̃en las penas puestas en este triulo de incestos y Matrimo- nio s. s. Por lo qual es necellarso dispenfar en este Matrimonio y ratificario de nuesto, porque cons, diz, Nas, arro en fu Ma aual c- az infino. el Marrimonio que en fi es mil lo por algun los pedimento diximente, no comiẽ ca avarer por la difsientacion que sobreviene del Papa, o de su Consisierto "aunque despu es della se aya seguirlo copula. suaves necef (fario que despues de la tal dispensacion aya Intiesto consentissistoro de arriba, partes,como l dizo Secto in l essit as si hoj gendo di l go que el Obispo puede difsientar en el fuero j de la confciencia en el los s. ellosento Ecclesi. P aflico qui impido y deshaze el Matrimonio, que nd es impedios estro es occulto, y el Ma- rrimonio pus."ico y sutia gran francadals, si- te apartalĩo, y no se por de suer recurro al pa pa ca in icxiccio por gran pobreza, o por o- tros legitimo, sucedimentos. Ita Ang.' Us, & Siluester verbo, Dispensatio, ibi dicunt, q- |
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