o. g. gj ¿, ¶ Y los Ministros Clerigos como fe avis " en este caso. es qual es muy brdinario, ibi- der, hit- r̃?" " " g. gareca, ¶ por concellion de iranto. s. pueden los Ireligiosos de la Compensadoleto. , y los el gora de los prmilegios] que son estos ados por su Ceneral a las instias, y los dema. Re tigr to, que residen en ellas, celebrar des Millas en diuersos sog.res sin este primle gro pueden los Sacerdotes celebrar dos ve- zes en endia auiendo necellidad, y gran pe nuria de Sacerdotes como le dijfine en el De recho cap. Cosotros ss de Celebrario arillar, y no solo en diuersos lugares, mas tambien en vo mismo jugar cosorme a la necellidad, la qual se destas arbierto del varon prude re, el cual ha de mirar las circunstancia, de lla. y artuertir el por el prouecho de la ygle lla. i. p.o te discentares, semelages rales,, como lo esta sauarro cap. z. As. s. y j"" tiene expressamente en en Confeso y entre los casos espos, en los Doctores, en los qua les es tiesto aun Sacerdose celebrar mas de vaa vez en vndia, es, quando el Sacerdo." " " " te sin |