Aduertencias para l negocita claro los heligioso, no excederes al la soises Sixio. x. por do, Breues fuvos concediste, ex vuo ala mefma est ueri de los Predicacioso, aito de. 147. v. ferrexia mef- ma Orden. 5. xxx. de fo." Menore, alio. xxxix. confirmosio, febre dictio, prigitesto, do in no. x. x. Nico. 4. como parece en el dicho li- bro de los priuilegio, de los Padres Predi- cadores. fos. 14x tot. xxx. 5. Vens amo, a s consto s dexando en me- dio"algunos otros Summe, Pem quean con cedisti"ixissella, gratias as proposito fel quas hae, memoria de lico. x. x. c. lo. xxx. 5. de extros lex, perdecellores, como son tono el y lonosa. Y costrozadoresto lo de fue acreceflo res. Conced, de nuego que los dicho, lecti- giosos puedio conocer de las cautas Matie- nzoniales, v despensar en los seado, no pro- hibido, por derecho natural rdiasuo Y Me- tu proprio.v de cierta ferencia. Y de pienstu- dioe potestate, concede alo, Prelados de las lle lesiones, v aqui en ello, lo cometieren pa- ra el "No esio Orbe en todas las tierras loseras a los le res de Castilla, que pueden vier de todo lo concedido por todos sus anteceflores |