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Advertencias para los confesores de los naturales (Segunda parte)
M. Ocharte, 1600.
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Aduertencias para
el llev, o quienfus veces tiene, como llega-
do del Sol, los. Pontifice, para la conuestion
del tes, cuo Orbe por especias v prest. con-
cefiton siecha a los lleve, Cast, sico, porA-
lexandro Sesto. O.ue los Dioces, no, nin-
guna cosa lones, en en los fobre dicho, pue-
blos. allís, exdos. o por afligeer con non. ob-
itancia, movelestilores. Y este prisistesio alli
concedidoazas, a Magestad del BrvDon Fste
liger, lo es, veras pas "a los Prelados, viecti
stòto, de todos estos los leevnos deta, indi-
a, con especial Cedulo para esto en que man
da, que est̃larone, v tu fecit Coeluia leat, pu-
blicaela, con tal coidad en todos estos sov-
isos, ves se es, s, santodos los los llo, y nue-
uasuerte conuerzs los, que puedeis, v denen,
acudir a los le sigzos s, como a vezo derce
Paure, sol stuas e, como acorizas; antes del
Concilio testierrin , Y alli se puso en el-
fecto este man.tro leros en todo este tir-
be, v del sea vtielo, , vfi fin algũos refif-
rencia deleites de los Dios elanos. Y s, sesier-
taleza qui que esta Cedura seal e, como pri-
n.fesioemanesto de la Sede Apostolica, per
la concellica arribi alegalla ele"P. xx. 1. " "
7 ¶ Desta declaracion desta prigitesiofes