Aduertencias para feran, con ticencia del Ordinario p.-ichos, que es el llapa, estan declarado, a , s. la io de Pacocho, como lo alta, l- le que no con caderen en cosa a s., s, es do en el dicos. Sancio Gonc tristj el s. s. tares s. esa este casasmo priuitest.-.-.-. c.- eamus, seros, ala ctenico, s. 16. 11."-. 6t citada. Dono a los Religiosos te, es eros de es comosgaróatar villca, , des get. l. ves de cata scierit, dode te toeles, habs terrca cae so, priuit. g.-.-."t en las n bstacia, ãs mas no prisisterio es cosa a rodo lo cl. i. c.-eas s.vites."-.-. veros, .-strati, et "s.-. 1., s.-.-.-. por el sas quier de sus antecesiores." esta tes a rado poríos cerrado, de Satauras, ca, que se atba alegamos, sero ser necesaria la cia t- encion de s que deros, s.omo lo eras, sas s cosa arres.ara, enel cas. Asisia mater n, s.ores. ria excomoso. ven ha segunda parte de la ca braca, do restamenti, no se llegian. ra el asie- que sus tl, cuado alguna testradio puestafue el mismo Oreg sa. ci"por alguno de sus ante reil r s.q exti"quarada, vel priuitesio en la fuerca, s. vigor. "?" "" "" "" "" "" "" " . 1I 't"-. inis mo careg. xx. et mifi no ado que es el tercero de la Pontilicado concedio de "?" "" nueuo- |
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