los confesiores. á qual dize que el confesior es obligado [ fo- pena de peccado mortal apreguntarlo q, ver, creo, y ados, rte les necellario para que la cá feision lea entera y fruccota qual es lo que le parece que el penitente calla, por ignoran- cia, suertuertencia:o ofuscto por que esto por - tenece azu cargo. Y fuera delto no esta obli- gado el confesiora preguntar al penitente, y principalmente á el penitente es persona que no esta uy cargada lej, eccados y que dize que ha hecho su diligencia para acordario de ellos por su entonces á el penitente parel ce ser los sobre de cuydado, y que a fu parecer ningún liceceos, siera por oluido por l suer- te los inocio bien, no esta obligado el coteí forjajereguntarle mas de los que le confiesta, pero quando parece que es hombre defcuy dado y que no ha hecho ella diligencia, entos ces esta obligado a.o, eguntatle aquellas co- las es, que llevillo estado, o el ficio le parece que pueda hauer peccado notiendo molestota quitleodo colas oso y n. cuixeles y de poco mo nsento. Y para esto veste la aduertencia. , El padre fray Joan itocher respondis, cito mitis, o al cato propuesto por citas palabras, Dico quod confefxor debit illum qui aute tu |