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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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los confeñores. 55
lidelis cum ad annos discretionis perueneris,
omnia fotus tua peccata fastius temel in anno
fideliter cofiteatur proprio facerdoti &c. Sut
cipies ad minus in Pafciss, Eucharistis, iacra-
mentum. De aqui vino a dezir el çotic fr. d.
Sefxione ss. c. 1.. Si alguno negare que todos
en general, y cada vno en particular de los
fieles de rodo genero y condicion l llegarlo a
los años de discrecion l citas obligacio cada
año por lo menos por llas stia por ida a la coro
munion, tegò el precepto de la torzria madre
Yglesia. 21d " illlo ficto defconsulgado y mal
dico. verdad es el le para cumplir con fle pre
cepto basta comulgar ocho dia, antes de Pas
qua, o otro, ocho despues, como lo ceceoso
lirigroso. l y lo creise Hsuerto se Mas, et
n. a x. y en titz. 6 per vo, concession des. lo
meo. 7. consis, en los fieles co el precepto co
mulgando el viejes principio de la cr.osreſ.
ma. xalla la Dominica ioalliis ineltilloc. co.
mo parece en el recitimonio que dello el vn
Gardenas, veste en la çioxada de fray sia.
nuel as titz. en los mozos proprios. Y en el s.
5. n. s. v. ficite breue gox" tambien essaria sa
fiteaña, y por las mismas razones, y que esto
no por ellas, por la costumbre que delto ay