Aduertencias para fin el Sacramento de la confes,ion y fin el de la hocher liza. Y este mil, ix. . i. et lo ssixe afert, s. l. ii. 1., y tricios, esto este Usuisto." "" " merito, co. i. . taliis, sen lo tis o talis Assibro"" y rodos los sanás, que siudieron. Pues fijos lancios y los los tienen, y to, sieron tanto cuy- dario le no ys fin tan gras, riqueza, los que han á lo sticos, y descuydisto, e esta vida, por que no lo crescatan muy mucho mas , como son, neceſsitados de fiuor diuino: Y los pre, dolos ministros, por que como a hombres fal ros de oscrito, no les persuadizas, y aun co- peteras, aeito, y con gran cuy lario les haran que le refciben, y de aqui es que las sto Tizo mas, como lo medicina y remedio a los pec" cadores tan necellario dixe. s. p. 21. No. arc "- Aun alo, publicos peccaris, re, nofe les ha de negar la Gomunion, en el pecial en el articulo de la muerte. Y tambien vn testo en ei cap.. a x. tioal inte de la cris & remiss. dixe. Ni ró poco se ha de negar la lancia Gomunion alos Pr, triores que estan en su penitencia publica en el articulo de la muerte. Por que es gran discimo el prouecho y viilidad dello tener Sa cramento en aquel estro, y momento del cran áto de la muerte. Lo vue para contra los en- |
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