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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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los confeliores. ly
ciendo vna de ticia de su muger en el tercero,
o citristo gristo, puede pedir el de otro, su ma
ger liz, dispensacion, pues no cometio incesto
por que por la tal copula no te contrahe pa-
rentesco "clue pate del primero y segundo gra
do. veste tray Manuel in explicatione fluiis
s it. num. s.
al hl Españ s. Meltiz. o. N, gro, o mulato ql-
a tibienda, y sin tlilo, titacico ic calo con pã
vienta tova por confesiguinidad, o ellinidad,
[contra hid, por si, atrimonios dentro del . s.
grado srcitilitze, pecca n.orcalmente. queda-
descomulgado solo facio, y el matrimonio es
nulto. Glomen, "vnica, s. Gent, eg, & ellin.
Y s. Non debet co ris, Gotic, Trid tes. x4.
c. 1. & s. Nautris, in Man. c. xx. n. a x. y
fray Manuel. l" p. fum. c. xxx. n. t. l.ae aqui
fe figue [como dice la glota J que á la con of
riste lio contras ser matrimonio, no incurrira
en lo teniencia de defcomunion porfia por la
divl, ó Gjerrer l es las islitosa, penas incurrs
""" Issellos q̃asi corras ess salus, "q̃en redas las
Pros, no se es las tristia, y nuevas conuertio
res. O sisse, se sita, . l. orro del tercero y quar
to grido. Por Priosiegjo de traolo a concedi
do solamete a los Indios. Et quas priusterio