los confeliores. ly ciendo vna de ticia de su muger en el tercero, o citristo gristo, puede pedir el de otro, su ma ger liz, dispensacion, pues no cometio incesto por que por la tal copula no te contrahe pa- rentesco "clue pate del primero y segundo gra do. veste tray Manuel in explicatione fluiis s it. num. s. al hl Españ s. Meltiz. o. N, gro, o mulato ql- a tibienda, y sin tlilo, titacico ic calo con pã vienta tova por confesiguinidad, o ellinidad, [contra hid, por si, atrimonios dentro del . s. grado srcitilitze, pecca n.orcalmente. queda- descomulgado solo facio, y el matrimonio es nulto. Glomen, "vnica, s. Gent, eg, & ellin. Y s. Non debet co ris, Gotic, Trid tes. x4. c. 1. & s. Nautris, in Man. c. xx. n. a x. y fray Manuel. l" p. fum. c. xxx. n. t. l.ae aqui fe figue [como dice la glota J que á la con of riste lio contras ser matrimonio, no incurrira en lo teniencia de defcomunion porfia por la divl, ó Gjerrer l es las islitosa, penas incurrs """ Issellos q̃asi corras ess salus, "q̃en redas las Pros, no se es las tristia, y nuevas conuertio res. O sisse, se sita, . l. orro del tercero y quar to grido. Por Priosiegjo de traolo a concedi do solamete a los Indios. Et quas priusterio |