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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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las çoalellores. v,
los Oo áores. Y asi en o vendo la crispa ñzia
as. aol. xzuer al penitente sí, ix. st. s. ... .sn
san con el, o .rque no se le s. lis s. l. xi. Is...... y
en la platica que s. Hiciere anse, el as, s. lis ex-
ie dig, ssisset, sis, esseat. inco in sanct. l. i. e
nisiis, ss., sisa, inic his, sseris, se, sis, na-
m, s. visuin nimiransacatissa tris, a , s..... ria
catl ticmonamictix in oyustio, co, oxo, s. xx.o
yotica mocerca 4 Mas el que con s., acria
nermana defxi muner &c. e. t. l. i. n. lo o lo e-
ra, no socorre en pena de no poderjs dir el .
debiro con yugal, ni en pena de no uerteste ca
far con otra. Porque estas da, pena, solamen
te fon contra el cue a la hiendas conoscio a la
pericor, y con sanguinra de su muger dentro
del segundo grado, como paresce en el ticulo
de es,"qui es guerrir cosanguinram vzoria fue
y no tiene neces, idad de confesar aquella cir
cunstancia, sino fu percado tió ella Pero á co
noscio a la dicha fu costa, la tiermana de su
muger ya distincia, o tu prima fieris sana fibi
encl, claram, nte ferto, fossissent, quod a s. l. ii
gaus, a confelleres peccasto con la circunstan
cia del inceño, y no incurro e nisigno, detas
dichas dos penas, por q̃el derecito tolamente
las pone cosra los que viniendo sus mugeres
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