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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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para los confeñores es
extificar el dicho Matrimonio, que con ellos
Xaturales con mucha racias, las tal, s, ix. s. a.
xer, haxivncto tlamar aores. a. ox.o ... ... ...
te que etlaua in aocente ytacami te no ix. cti
fenti miento, que con esta diligencia que lla-
ga es saza aquella alma rem, diada, particu-
lar sente á la confiesfa otra versose, si la ra
tificacion del dicho Macrimonio Ma, si el
confesior no tiene austoridad de dispenfir.o
es Gterigo lauoqfexcusa, o tea beneficiadoj
de a entender al penitente con la mayor cla-
ridad que pudiero lo que que la dicho, y tana
bien le arrioneste que en ninguna manera fe -
comunique ni junto con fu conforre, hasta tan
to que el le busque dispasacion. Para poder
contraher, y le de orden para satisicar el di-
cho Matrimonio, y procure con diligencia y
cuydado la tal dispensacion y reualadacion
del Matrimonio como se dira adelante en el
4. ix.
& Sid quid á quis nobilis & illustris fpos,
los de futuro detegat in confefxione Sacra-
menta li quod cognouit continguineam fas
fponias in primo"vel in fecundo gradu isti.
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