TA ll l. A. Extrauagante de loan. xx. que á la viera, no creo yo que la contradixera, pues no ay ra- zon para esto veste fray Manuel s. p. Sams cap. xio. Goncl. 4. " " "" " "" " " " ai" "Et Goncilio. Tridentino. Sellione. xx. cap. te. de Reformatione, feñala el tiempo en que le pueden dar las fiendiciones nup- ciales, y el tiempo en q no te han de dar, mas no feñala pena, al que las diere. Por lo qual queda al arbitrio det inex Ecclesiastico, co mo dixe Satzedo en la Prasica criminal. cap. 74. lit. l. g. j. 2. p.g g s. v. p y é"No es causa hastante, para por ella priuar al Indio de la communion de la Sanáa Eu- charistia fo. 57. pag. x. & Si endo muy viada y frequentada haze al hobre indigno lle la comunion.to 57.peg s. li No es el mayor de los peccados, &c."fo. 57. & sequentibus. & La que es cos perdida de luixio, fe decla ra por ciertos vocablos. fo.77. au. It- z. s. a s g s. agtlo fo hade comer á Sabbado, dáde no ay """ |
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