trinstruction de los Nouicios." A que la tercera parte del conucuro no vora re por el nouicio, como si cere treinta Era y les le faltab̃en los dies.fea tenida por los pe chota la tal recepcion, y fea autrado luego dello el ministro prouincial, el qual tenien do confideraciõ, alzelo y calidad de los vo ros, como lo determina el derecho, y pro- uea fegun trios lo que mas conuiene. l.)Rdenate, q̃ningun religioso insportuna " mente mucua atorio, que de el voto a los nouicios, ni menos impida, que no voce li- bremente por ellos, y el que lo cõrrario hi- xiere.fea con gratisfamia, penas castigado, de mas de que ipso facto, incurrat en la pri- naciõ de los actos legítimos por dos años. I-) èl GXXIIItèò p̃strà là profeision. Y Porq̃la fuíficiencia de los nouicios, cõfle " á todos los Frayles, se dicermina, q̃antes q̃ fe romejos voto, por treros, lea el nouicio en la meta en el refectorio, y despues de vna ó dos pantas, diga en voz alta can reiligible á s" de |
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