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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
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itield, delinquences. . 2. . 24.
ninguno dellos;r fino es en cafo de necessis
dad.) fe Pueda confeitar, sino es con sus per-
tados, ó con los otros Frayles de fu orden,
fegũ la regla, y estaturos de la misma religiõ.
El capitulo general declara, que el culto
dio en tu culto dia, y el Guardian en tu guar
dianza, puedan sabio tuer de la defcomuniõ,
por la iniection de manos violentas fija,
pretencia del Ministro Prouincial, no te Pu-
erercauer dentro de vo dia natural, y lo mif
mo podra hacer el vicario del Guardian, ñ
dentro de tres dias no te pudiere aueria pre
fencia del prouincial, ó de fu Guardia. Este
prinilegio y Estaroro, no te entiende de la in
lection atros, ó de la intectiõte fubdito cõ.
tra Perlado porteue que fea. t.
I-It:lite p̃G005 ltitistitillis S.
p̃Osque los pertados generales fuelen al-
gunas veces senocar las penas, puestas
por los pertados ordinarios de nuestra reli
gion Aportanto, queriendo el sancto cõcilio
Tridentino obus argenerajmere a este abu
" j fo