pinilicucios de los cificios." es- te y vno, y los onxedi los folamere cõfintie ren envna parte, la elecciões canos. Acay va lida òrdenase cororme al concilio Tridens i tino, q̃ro das lasselectiones djos fuperiores, y de los otros oificiales, te hagan por votos secretos, de tal manera q los nobres de los ejectores, nunc a te publiquensy noterajici ro de aqui adelante traser para el lecto de la eleccios. Prouinciales, Guardian es, ni otros cualesquier otricios ritulares, ni menosteza licico fuplir las voxes y vosos de los anten- tes. Si alguno fuese electo contra la consti- tucion deste decreto, la eleccion.fea de nin- gun valor y crfecto, y el que permitiere.fer electo en tiertado.fea de ay adelante, inha- bil para todos los oificios de la religion. Y porq̃el fancto cõcilio Triderino, no de clara la forma q te ha de guardar en las ete- ctiones. mactant,,, q̃ro das lasselectiones te haga por cedula, fecreta, y porq̃erido te tra ga cõ mayor rectitud y sin engaño te orde na q̃ante coctas c. Atas, tenate el Presidere dl cantes, lo cõto, difereros dia prouicia dos testigos por lo menos y si fecretario q̃ica " " " l , co- |
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