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Estatutos generales de Barcelona,para la familia cismontana,de la orden de nuestro seraphico padre. S. Francisco
P. Ocharte, 1585.
page: 00288



Capitulo.-"òelas electiones.
I.)t-]OS COtistytillell'IOS"'"" ""
" "" " " Tse las prouincias. " "'"" "A;
l"Onimittarios de prouincias se llamó les
" padres, que por alguna otrasion queste
oifrezca, fon instituydos y nombrado, ni en
do de la mismas prouincia, para qaisiertia, y go
juscriterí la dicha prouincias, en el sisterios. Al
no vuiere prouincial circita por tanto tes,
desta sitie si quado An prouinciat. vulere ca
plid. . iis quat, sento, no vuleres venido los
pertado, esterales, ó embijados ṽstirados,
en tal caso el dicho Ministro Prouincial,tes
y se llametiósistitario de su Prouincias, por
anctoridad del Capitulo general y ansí,tes
de el tristerio dia, que cumpliese el otra crica
nio, no se llamara Prouincias, tino Gomisa
rio. Y si aconsesciere, que el Prouincial rea
siere otaliere de la Prouincia, ó vacare. Per
quas inter recor, y caula, que seasen tal cafa
fera-òinisterio de la Prouincia el religiofe
á quien le compeciere la tal consitision, tie-
sgũlos estar sitos de ca, la pron, cia, porque
en este caso, todo lo que cast, prouinciat in