tiel capitulo general, asi. La pronicia de Tiros, que fe ha hecho de algunos conuentos de la prouincia de su- erta, que es de la familia ṽieramõrana, y de algunos conuentos de la Prouincia de Arge rina, que es de la familia Crimontasia, te en- corpora en la familia ỹjezamorana, por cõ fencimiento de todo el Capitulo general. La prouincia de Cercicitas, fe es cosj cra en la familia Crimontañas, con anctoridad de nuestro Rcueren difermc padre Gereral, antendo primero dado fu confencimierto para ello todos los Padres de la familia "-"l tra morirana. La curio dia de fancto Thonre en la India Oriental se crige en prouincia, por anctori dad Apostolica, concedida á nuestro Rcue- ren difsimo padre general, y con confenci- miento de la prouincia de Portugal, de quie era culto dia." Y porque la prouincia de la Andalucía fe lladinidido en dos prouincias, por nuestro Rcuerendirstino padre general, con ancto- ridad á postolica, que para ello tenia, la visa dellas con situlo de la Provincia de la ánda- |
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