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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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los confeliores. yá
sitir el penitente a algun religioſo de las or
escés mendicantes, que tenga auctoridad de
la Sisteriores para viar de sus priuilegios y
esfecriar en este caſo. Æ Lo. I" digo, si á al
realio del contraher vito buena feo de parte
èl vro de los contrayentes, que no ſupo el
iserediniento é que puede difpenſar el Com
stario de de la fancta Cruzada, l liendo el
Izcedimento omnino occulto j haciendo la
sicispensation en el fero de la confetencia
ellasente para que en fecreto y fin nuena fo
""-"sitan los contrayentes prefien fus coſta
""-,"tes, y ratifiquen de nueuo el matrimo-
s, l confesitado, esuchos granes, Doctores
é" Uscologos como Caministas contrienen
lue no es necestario que el voo de los cá
"'tentes fera exprestamente la nultidad del
[ s."er contracto o Matrissionto mitio. lino q̃
"'"" que figax y prudentemente se le faciste
""" "e contentio, sento quando ſe reme que
""""do la parte tonocente la millidad del
"'"'" Matristionis, nolle, ne querta de nue
. "'16caris, o ne taber ia diesia nullidad
"'" Matrimonio te figust. xxx ulgustos in cor-
is," " intentes muy gresses. Esto digo co, con
"'"" to que dize el padre fray M-"""l s."