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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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[ nfrenoſe dexen en ninguna manera ſin vr
[ pere necestidad. Lo qual es muy confor
[ atras concilio Trides tino, y a Derecho
[ cesion, in cap. finali, de Csancl. t. Liefixon.
[ Æ. l. x.-Pviri S M O.
[ ", sic de dar al que pierde la habla, auicn- 9
[ silo pedido antes. fo. xz-. pag. x.
[ y à à I, j. I S-I-E R I O.
1 41l Baptisterio de s, viamos los Religio-
s le de la òrden de nuestro Serai, hico facre
hastĩrancisco, y otros muchos Ecclesiasti
tes ex Romano y ſacado de verbo ad verito,
"evn Milia, Romano impieflo en versecia,
secto testifica el padre Izocher suerto oydo
cel mismo Obispo de Tlascalta Don Lrey
Martin de flos acastro. El qual lo vio y di-
ce al dicho padre Izocher, por que como
valelle duda entre los Obispos della tane-
ra Efpaña a cerca del dicho ha pristerio. fray
Pedro d. Carej vno de los tres primero R"
ligiosos que viniero a ella tor, os España.
te lo mostro en el dicho Millas. Y le cinco
dixispos que ansa en ella tiero a España sta
l""" É que fue año de se j los que tro s,