l tlahuera puesta en derecho contra los in. [ los color, le el cula de las penas del incefluo [ se to, se co, s. "'"''" "' [ l l l confelior de los Naturales, deue pres. l á "'"rat penitente que confiesta para casar l l l le communico con el conforte, fi el no s"-"-", porque por maravilla descan de tra l "'" "'"ritas mento antes de defpolarle, to. l "" obligado fo pena de peccado mortal à "-",""tar lo que vee, cree, y aduierte fer ne "," io. Paracisse la confellion fea entera y las nota. lo y pag", l lambien es obligado á preguntar dilige ""ente al penitẽce que vee, deſcuydado en los de fé, confetencia, y que no ha hecho ídecida diligencia fo. s. p. g. s. t̃fireguntete y ceastitocte acerca de aque- llas cosa, en que ſegun su estado, o cificio "parece que puede cuer peccado, fiendo dolello es muy menudo, fé, s. p.o 9 ito esta obligado a preguntar al s. circu- ñes perſona que no este muy c. 5.-la vel lice que ita siccito fu diligen. 1., para ac sorte de sus peccados to. pag-, l Confesfores que en el ayre detira han y |
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