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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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TA El A.
É aniendo tenido muchas mugeres en fu la
ha sidos, l te calen, y tengan por legitima.
mente calados con aquella muger, o dellas
le consirtiere, y ha prizare juntamente cra
ellos, aunque no aya á to la primera muger
de las que en su insidelidad tomaron, y vice
tosta via. Y que el tal Marrimonio fin ſere-
poso alguno le tenga por legitimo. Este fire
no se guarda Auto mico en el Ar chico de la
yglesia de la cruel td de los R yes, ceaso ie
dice en el Confellionario hecho por sudo-
ridad del Concilio Prouincial de Linsaliel
añs, de. 183. Tabien ella en el Ar chinos!
S Augustin de Mexico fin authorizas. .
Æ. Y otrrgorio, xi. a xi. de heero de sah9
de i583 co es. x. de st. pontilicatlo explet"
va Breue q.-ita authortico en poder de los
padres de la Compañia, en que concede."
mismo que pio, y por mas ciaras palabras.
En el qual de ella gra sacultad de el fue "'""
Cum Contitiosis a s fidem conuertis, et """
obstante Martilitonio in gentilitate corr""
te. Postrer cum li feli et itas, contrahere: ",
tiam priori coniuge non cremenito, fi f"'"
marte constiterit illum vix p. fi prc""""
xi. Y por que son mucho denotar fus n"",