los confellores. ys lares para particular pueblo o nacion . Por el distino á pues fon redemidos por la paſsi- on de nuestro ſeñor le fu Christo, como todos los demas, y a ella cauſa de los remedios da- dos de nuestro ſeñor le fu Christo por ſus fan ctos Sacramentos, han de ſer participantes, porque como dizeĩanct pablo - No ay di- litoc. in tlel lorito al Criego, por qu el es Se ñ-, voluerſal, de todos, rico para todos aque llo, que a él le encomienciar, y le inuocan. Js, r el humano pues estan en el gremio de la ygli-lia, aqui en obligan ſus leyes y preceptos y siendo redemidos por la sangre de nuestro feñor le fu Christo, y capaces de la confecucia de la bien asienturas is, ſon por consiguiente capaces de los medios, y remedios, que para la confeguir nos dexás Chriſto, que son los sa cramentos, y por ser baptizados tienen accia a este foberano manjar de la hecharistia. co. mo todos dizeti, y fructo Tho mas al firma, y que quier Christiano por folo ser heptiza, l es admitido a la isteis del Señor y no le les s, de quitar el derecho q̃e ella tiene fino os y al guna causa man fiesta istios. n. quistoc. Cue, lli inus ex hoc ipso, quod est i, sptizatus. fi,", , stultus ad Diticam melam, nõ potest ei ius tua |