ç. y a u t g miendo a las ocho, o a las nueue del dia. fo. xe. nu. xi. Eſpecialmente los que tra- bajan como éstos Naturales. ibidem. Nole quebranta por bener muchas vezes vino, o agua, o cacao, antes o despues de comer, pe ro si ſe quebranta beuiendostole, al midon, y otras coſas que de fuyo non ordinantur ad potum, fo, se, nu. xi. . 5? por la fiesta de Paulo, s. que comien ça. Altitudo diuini confilii. no estan obligados los Indios a ayunar mas dias de los "Vier. nes de Quare ima, el Sabbado Sancto, y la Vigilia de la tlatiuitlatl de nuestro Señor le 5? Y por el miſmo Paulo, s. les es permi. tido y concedido comer é Q, uarefma y en otros dias de ayuno quales quier manjares que ſon concedidos, a los que toman la bal la de la Cruzada. " "?" "?"? Hi? Articulos de la pee. 75? Q..uales fon obligados a ſaber los Sra. s, rales porfimples que lean, fo. 14. pag. i. p. 5? No ay obligacion de ſaber el nutus, s, s, ellos, ni faberlos por fu orden, fo.ja.-?" A 4 l̃al-a. Y |