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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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ç. y a u t g
miendo a las ocho, o a las nueue del dia.
fo. xe. nu. xi. Eſpecialmente los que tra-
bajan como éstos Naturales. ibidem. Nole
quebranta por bener muchas vezes vino, o
agua, o cacao, antes o despues de comer, pe
ro si ſe quebranta beuiendostole, al midon,
y otras coſas que de fuyo non ordinantur
ad potum, fo, se, nu. xi. .
5? por la fiesta de Paulo, s. que comien ça.
Altitudo diuini confilii. no estan obligados
los Indios a ayunar mas dias de los "Vier.
nes de Quare ima, el Sabbado Sancto, y la
Vigilia de la tlatiuitlatl de nuestro Señor le
5? Y por el miſmo Paulo, s. les es permi.
tido y concedido comer é Q, uarefma y en
otros dias de ayuno quales quier manjares
que ſon concedidos, a los que toman la bal
la de la Cruzada. " "?"
"?"? Hi? Articulos de la pee.
75? Q..uales fon obligados a ſaber los Sra. s,
rales porfimples que lean, fo. 14. pag. i. p.
5? No ay obligacion de ſaber el nutus, s, s,
ellos, ni faberlos por fu orden, fo.ja.-?"
A 4 l̃al-a. Y