do la pena puelta en derecho contra los in- celtuofos, levicula de las penas del necitio ſe. to. xo. col. z. 5? Et contellos de los Naturales, deue pre. guntar al penitente que confiesta para casar l , si le communico con es, ni otre, li el no lo dize, por que por marauista de so le tra tarſe metiralmente antes de desposarte. to. 5. Es obligado lo pena de peccado suste á á preguntar lo que ver, cre, y astuterte. no cestario. Para que la contestion sea mera y fructucia. su y pan, s." "?"?"?" "?" "?"?" "? 5? Tambien es obligado á pregunta, diliyá temente al penitẽte que vee. defcuydado en cosas de fu contriencia, y que no ha hecho la de uida diligencia. fo. F pag. i. 5. Preguntéle y examin, fé acerca de aque. llas cosas, en que segun fu estado, o oificio le parece que puede auer peccedo, no sienda molesto es muy menudo, fo. S pag s." "?"? 5? No ella cbligado a preguntar al pensí, s. to, fi es persona que no esta muy cargada, "¿ dize, que ha hecho fu diligencia para a, s." darte de fus peccados, fo. É pag." "?"?" "? 5 Confellores que en el ayre despachas, y |