Aditenenefas pars do, reconciliando, & si iteri potest line peri- culo, ors eius hostiam intendendo; & fi tui, - vix rit, admoneatur, fatis?acere. xo. 13. 6. ii qui in insirmitate. La milma opinion tiere el padre tray Antonio de Cortícua principal mente quando ay peligro de muerte, y títa, q̃ en tal calo puede el entermo y detie ser anto elto de los peccados,quanto a la cu pa, y pena, fi para ello ay prius, egiosperque las tales se ñales ſon entonces materia del Sacramẽto de la penitencia. Esta opinion parece q̃la firue tien exprellamente et Con. Carthaginere en el cali alegado,y el Arauficano en el cap. Q..ui recedunt, y en el cap. iiis qui, eadem causa & si restione, los quales dizen que el que fu- e" "" "iente perdiese la habia, ocayere en algá "," "," ", Puede ser bautizado, y recebir el S ." "," "," "," "" "" "itencia, y el de la Euchar, siar, "," "," "," "¿de que antes fe queria ces s, tir, que "," "," "òces ſeñales de cõtricica, xioo. como ... " " "'go de que pidio con- s. c. qu...." "," ", Siosa del dicho cap. 1s "rat?....us'"." "." """non cedit in prtis di. . " "'". ii. . 11..'"."." "" "iureren algun fero """ "'"ronatores, '"'"." ", abrueltra atro:er "" "" ""ndo. Si torre pre |