los Confellores yá tenfacion nueria en el tercero y quarto grado de con tanguinidad y aflinidad, q̃El parentesco de la affinidad contrahida 1 por Matrimonio impide y dirime et Marsi. " "ionio dentro del quarto grado, como Pireſ re en el derecho Capito Non debet. de Con- fang, & itinit. De aqui es, que aunq mue- ra vno de los que le calaron, stura para fient Pre elle impedimento, de manera que el ma- rido, muerta ſu muger, no le podra catar cosa "?guna coníanguince della dentro del quarto grado sòcluíiue, y por el contrario, muerto ſu marido, no ſe podra ella catar con algo cõ ſanguineo del dentro del miſmo grado con- forme lo ordenado en el Concilio Conflanci enſo, fray Manti. P. p. fum. cap. xx1. conc. x. ¶ Et parenteſco y allinidad contrahida por copula illicita procediedo al Matrimonio le impide y dirimeran ſolamẽte en el primero y fegundo grado, como dize el Conc. Trid. " "I xx. c. 4. de Reformatione Matrimonii, "t quas corrigo en esto al derecho antiguo q̃ "re?"" "'"eleste impedimero dirimicile et Ma "" "'" "'". halis et 4. grado incluíiues como lo "i rime el impedimero de la allinidad quaíce "" copulx licita. Mas el parẽrefco y allinidad |
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