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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte , 1600.
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los confellores. yá
mirir el penitente a algun religioſo de las or
denes mendicantes, que tenga auãoridad de
fus Superiores para viar de sus priuilegios y
dispensar en este caſo. q̃Lo. 1. digo, sim̃al
trem Po del contraher vuo buena fer de parte
del vno de los contrayentes, que no ſupo el
impedimento que puede diſpenfar el Com
millario de de la fanãa Cruzada, [ liendo el
impedimento omnino occulto ] haziendo la
tal dispenfation en el fero de la confciencia
ſolamente para que en ſecreto y fin nuelta fo
len nidad los contrayentes Prellen ſus cõien
timientos,y ratifiquen de nueuo el matrimo-
nio. Y consultados muchos graues Doctores
asi TUcologos como Concilillas contrienon
eo que no es necesiario que el rno de los cõ
trayentes le pa exprestamente la mil:idad del
primer contracto o Matrimonio nulle, fitio q̃
balla que sagaz y prudentemente ſe le fa que
nueuo conſentimiento quando ſe teme que
ſabiendo la parte innocente la mil:idad del
Primer Matrimonio millo, no querra de nue
no terificario o de ſaber la dictia nullidad -
det Matrimonio fe figuit, an algunos incon-
contrinientes muy graues. Elto digo en con
tra de lo que dize el padre fray Manuel in-