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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte , 1600.
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nocido a algunadeuda de fu muger des to
del segundo grado, ne loque, fi es?-......."
aiguna manera publico, pero podrale pedir
fin peccado, á es secreto, te. es. y.
q̃ Y si en alguna manera es público el in-
cesto pecca el que proces debro se les esa
tres exigit. ro eo. Pag. i. &....
9. No puede fer pes de del tercituoso sia
dispenfacion, fi aliqualiter es norum necca-
tum fo. Se. &. vi. pag. i.
41. Y quien puede dispensar, ihideni.
q̃ili que conocio avaa hermana de fu "'"
ger, &c. no ſabiendo que lo era, cosncur-
re en la pena del inceltuoso, esto es, de no -
poder pedir el debito conjugat, ut ea pa""
de no poder casarſe con otra, to es. P"6.
9. Ni el que estando borrache conocio a
hermana, o cuñada cometio incesto, ni nús
so peccado. &c. so. ex pag...
9. Et quo conoscio a vez deuda de fores:
orte tierro de tercero, o querto grado no."
"crio incesto, y aſsi podra pedir el debires:
"," "n torte, y deſpues de muerta pocresisi
"," "" ""on cataríecon otra. fo. 56. p. 6.
re. 57. . " " "" " " "'"'" "'" '"'"