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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte , 1600.
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TA B I. A.
ancilia tua, lumentum tuum & aduens qui
est intra portas tuas. Hoc ille. Lo qual le
cólitina por lo que decreto el Concilio Pro
mortal Mexicano,an no Domint. t. 65. vbi
fupra, dorde dixe. Y por que acontece mu
chas veces, auerte alquilado los Indios pa-
ra trabajar en las haziendas de los Eſpaño-
les, y faceden algunas fiellas que los Eſ-
pañoles son obligados aguardar, y los In-
dios ho, donde le toma occaſion, para que
el españo no las guarde, como es obliga-
c. Por en de [ Sacro approbante Concilio]
Itu. ymos y mandamos, que los Españoles
tierra:gan obra aquellos dias, ni hagan tra
esiar a los indios en ſus haziẽdas, fino fue
re con licencia del Dio ceſario en caſos per
mitidos. Ilec ibi. De lo qual parece cla-
ro, que los Indios podran alquitarle y tra-
bajar los dichos dias gozando de ſu priui-
legio, y que los Españoles podian alquitar
", mas no competerlos, ni forqarlos a que
tuarien -
ar prjpjas;. a s. trajo
á Simple precediendo al Marrimonio, ""
impida ni deshaze el Matrimonio lu"" ""