[ suiendo tenido muchas mugeres en fuis fidelidasti fe calen, y tengan por seguima- m nte casados con equella muger, q des las fe conuirtiere, y haptizarejuntamente cia ellos, aunque no aya sido la primera niegt de las que en ſu insidelidad tomaron vice to, la via. Y que el tal al trimonio sin tera: puso alguno le tenga por seguim. . Este lise ue se guarda Auchomico en el architio de s Yglesia de la ciudad de los R yes, como i" dixe en el Confellionario li he por asicio- ridad del Concilio prouincias de la na, del año de. s, S;. Tãbien elta en el Archino d" S August in de Mexico fin sus horizar. . ¶ Y Gregorio, it. a x. de Enero de 156 de. ssx7. en el se de ſu Pontificado espios vn breue ñelta autisentico en poder de ir Padres de la Compañia, en que concede." músito que Pro. 1. por mas clara, listabric̃, "" el quarda esta grá tacultad de dispensa "," "" Gentilibus asi fidem concesſis, et cet. "." " "me Matrimonio in gemilitare . 6. t. "'"." "'"'"rcum li l. ii denuo contrahere. " ( "'"."." ""r, coniuge non prementio. fi fus " " "'"." " "'"terit illum vix poll preme'" I " " "'" " "I"" ("" " iucho de notarius prs" ( |