los Confezores. x8t fle eo indias deue fertenido por Prelado ge ner. Yarago car dellaticultad de es, pensar con las f-bredichas condiciones:Reſponde fe que el Padre Comiliario,xtene auctoridad. 4. Item coel cap. 6. xxx. de las penas que lo posierra.os Prelados v Padres cas, ficados, lo prolito, que los I"rouinciales ui Vificado res de las Pros sincias impongan penitencia alguna graue, en especial a los Prelados ỹ Padres principales fis, el contentintiento de la mavor parte de los discretos de la Pro- tiincia &c. Durlale à los tales Prelados eltan obligados en las fentencias a pallar Por el voto de la suavor parte de los discretos, v fi ſoluere, co voto decifico para aquellas co las en que como discretos de la Prouincia le tes comeren. Reſpondele que de la mavor P"rte de los vocates le ha de tener cuenta, z que los difcretos tienen voso decilluo. 4. Item en la Prouincia del Sancto Euan- gelio as. xxxiichos Conuẽos qse no son guar dianías, fiue Prelicócias, v los prefidẽtes del tarte lee en rabia de Capitulo, vionistimedia los al Prouincias, como los de mas Cuardia "es ellos Presidentes v fus fubditos [des - Pues que la Prouinciase fundo.] an acudido "'"" " " " " " O o. x̃3 los |
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