los Confellores ya garfe, y que por ello ſe les deue dexar de dar el fancisteimo Sacramento del altar. 5 L43. razon que algunos alega para no darles el fan criſsimo Sacramento del altar, es por pareſcer les inhabites, rudos y falsos de capacidad y razon para recebir tan foberano manjar. Esta razon es bien tribola, confiderada y mirada la habilidad y capacidad que la razoy dere- chos piden en es que ha de rescebirtitefan, cisteimo Sacramento. Lo primero ha de tener vfo de razõ, como niñda el c. Q.-, nis virtulos fixus ya referido. Y la glosa declara que por años de diferecion fe entiende capacidad de peccat, porq̃en llegando á ella edad de poder peccarte, igaremedio ſpirituat, e, la Con- feſsion y Comunion para librale del pecca- do. Y salir Antonino de lllorencia lo declara de ella miſma manera diziendo aſsi. Dizen fe años de diferecion en la muger;quando lle- ga a los doze años, y en el varon a los cator- ze, fegun la opinion de Pedro de paludo. 5? Lo fegundo que le requiere para reſcebir este Sanctissimo S A C R A M E N T ó es á fegor, dize el Ca, hechifmo Tristentino en el lugar arriba referido )que es q̃ita de refce his et fanctifsimo Sacramento del altar fiva l |
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