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Regla de los frailes menores,con el testamento del bienaventurado padre San Francisco,en latín y en romance,y con las declaraciones apostólicas de Nicolao III y Clemente V,pontífices romanos
P. Balli, 1595.
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lobre la regia de los hayles menores, a-
s, y s, que le han de guardar como primero dia imos en las
sacrisidadespañada, y pareferentes, que pueden crexten
didasen breue tiempo, con tardanza algunas vezes, sego
que arriba es declarado, paraguardarla entera, puridad de
todo en todo de la regia y de los profeñores della, declara-
mos y dezimos, que fiel queda la tal limosnaefla prefroso
fumentasero que pueda cito hacer, ca le dicho expresamé
redejos trayles, que quedado fieprecne horentercel feño
rio delical peconta con podestol,bre derenocar para á la
mesma pecunia ita studica conuerticacula cofachporadati
le plega aflicomo dicho es arriba en los otros dos casos q
porqualesquiermanos etia pecuniae fimetua á á tratada
oporqualesquier personas nombradas delo de los trayles,
que todo rocesias ocio consentimiero y anctoridad, el fil
dando su consentimiento alas dichas cosas seguramere los
hayles puedenviarde la cola copiada;ol, auista de aquella
pecunia, porqualquier perfunaque ella fea copradas, haci
da guardada la manera arriba declarada;! Mas por mayor
claridad de todas las cosas fobredichas, por esta prouisio y
ordenacio parancisrevaleclera declaramos, que los trayles
guardadas las maneras fobredichas como dicho es cerrad
la pecunia enieportarius necessissadespatianesc venteres
no fonentes fides ni puedeferdichos recebir pecenia por fi
n por interpretia perfuna corre la regia o puridado la pro-
femõde fusorde, como parezca manificilumerecelas cosas
primero dichas, los dicho, trayles serdtodoctodos junos y
apartados no solamercaltelector, siere, ro, ad
ocio de la pecunia, mas años:iquic, con tras, se, si s,
""" "" "" "" "Vtas catis catecqaceciciciemoriacis, stat. c.