sobre la regia de los trayles menores. al della pretente conftitucion para siempre valedera, querien do que el dicho entendimiento venga encomun conosci- miento de todos, conuiene alaber, que quando la pecunia eserobiadxooffecula alos trayles tiemprefecinierta ferot frecida o embiada en las fobredichas manera faluo fres. prestamente declaraile otra cosa el que la embiao ofrefce, porque no es de creer alguno en la limosnaquesta fin algu na esprefion, quererdarla en tal manera, por la ciual el que la cia fea prinado del merefcimientoo aquellos acuyas ne- cersidadesen cierte proueer por el tal donfean prinados del efecto de la tal conocionodela pureza de su conciencia. ARTtC Vt Cs s EXT C. C C. M C. ES H A N DS anerlos trayles en las manda, que les fon hechas en los restamentos [-"-éll. i. Et D E desia, cotas porque a los trayles la &cis fontiecitas aigunas vezes algunas manda, en c̃sa;!Es, llos restameroso postrimeras volorad esto di. [¿r el Idoluertas maneras; y esa regia y declaraciones de "" "" """"nuestros predecefores no le contiene expresa merequete, le hazorciesia, porque de aqui adelante no acaezca duedar en ellas proveyendo alos que hazolas ma da, ya las cociencias de los trayles, declaramos, ordenamos y dezimos, que fiestefiado, haziendo la manda exprima manera fegun la qual no conuengao los trayles refcebirla, acarada la condicion de su estado, afa, como á mandarte a los trayles, vista oca poparejabrar;ocalapa alquilarodixe- fesemejantes palabras en semejantes cosas;o guardasefe- mejables manerasenfusobras guardente los trayles perro |
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