Declaracion del Papa Clemente. V. resto con razon puedanterescho, traspartadores del man- damiento y de la regla, porque quando alguna cosa es def- iendi generalmente, algunos lo que espreciamente no le esoro:gado, entiendeferecienegado. ! por lo qual todo aquesto de pecunia y el rescebimiento de las colaciones pe cantaria, en la yglefiao en otra parte, los ceposo tronco, ordenado, para reponerlas peconias de los que las oflictue están, y avo otro qualquier recuito alas pecatuaso a los q las riene, el qual por la fobredichadclaracio noesororgado, todasefiascota, forta los hayles fimplemere entredicha, como avuel recorto alos amigosefpirituales expressame- te feaororgadoleguntaregladolantere en dos catos, co- nsene alaber, para las necersidades de los enfermos, y para vertir los trayles, y cito piadora, y razonablemere condera- da la necesardas, de la vida. ! Ecomo el dicho nuestro pre- deceñora las otras neces sidades de los trayles qpor tiempo ocurriereno en breuefecipecan venirsceriando las limos- na, lo aviesteñido, paresciere, los dicho, trayles, por algu nas otras causa, mas ellas fobredichas osas fornciares, é ca- minos corta parte noles contenotecarrizalos tales ami- gos, agorales, los qualis pecunia solos diputados por ellos on seroso.le pontartósto por olviniero tronobre lealla modos añocurcrumetese:guardados los modos os orga- do por esta mesma declaractocerca de la pecunia. ! Emal merecomo este mesmo cofeñor mucho avarleficado los p ieñores df tregia fer del todo apartados del amor y delica de las cosas tercenales y especialmerefer de todo estodo no experimetadoscia pecunia vectvsodlla salsicomolo Prue na et dicit, microd cetechis pecunia repeticomachas vezes |
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