Prev  Up  Next

Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
page: 00370



, , , , , ,.
69"F?"!" "F?"! V!"!
conſcientia: en todos los caſos que no ellan
prohibidos por ley natural, o diuina, hauien
do en ellos incurrido: mas en el foro exterior
o I?"blico remisaulos A! tu ez Eccleſiaſtico or
dinatio, o al padre Prouincial. Tambien tédé
Flàra que á los confellores de El P"ñol és I?"-
F. I?"." "." "A!"F?"!" "!" "F" " "F" "!" IA """"," """
",","," "," """ """ "" "" "" """ """ """" """ """ """"
""" """
!;-Ta,-l, les puede diſpensar en ellos dos tia
pedimentos el Obiſpo, o quien tuuiere ſu auc
toridad para ello, como lo dizen Soto y Na-
uatro, y el padre de la Vera cruz alegados por
fr. Manuel, vbi fupra. I[ El miſmo poder tie
ne el Conimíllario de la Cruzada, como con-
fta de ſus letras, y lo declara fray Manuel en
la exPÍicacion de la Cruzada. E. t8. n. 7. ¶ ſ
Ad" "F? Fa él Fonfellor de las ordenes mendiF":
t"", " "trò Fl""I.-luiera que diſlienta, qué bAIIA
F"," """ """ """ "" y qué tér del Acto dill"" ""Ar F"
"IIA? """ "" IA?. P""A Fl"" """édé dill""","," "" "!
! "",-T!!" "!"- P"F.'II?" "F? Ay for" "? P""F?"!"! V "F"
" ","," ","," """ """"," """," "," """ """ """ P"F" !" "V"P!
"" "" """ """ "" "" """ """ """ """ " "" """ """","