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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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¶l̃l*VI. Q..VE Y I"VLO. VEROS -
I[ Venderlo a los que vian bien des, ó be-
I""" p""","s licito: to. 83. Pu. xi.
¶ Vénderlo á los que acostumbran embot
tAF"Arle, es peccado mortal, ibidem.
I[ Los q̃ lo venden indi ferentemente é t":
dos, no ſon abſoluibles, halla tanto que ""
lillan dé venderlo. fo. F?. pag. x.
¶. TAbérnas del han de ſer de nunciadA? AIA
luſticia lecular, to. 38. pag. x.
¶. No ha de ſer derramado, ni quebrados lo!
vá los por los Eray les, ó Cle rigos: y li lo, dé
tramaren y quebrarẽlos vaſos queda " ""I!
gados á teltituyr lo que valian, to. I?". &. 28.
¶? Los. Pulqueros hãde ſer Pregũá los dél
confellor aquien y como vẽden el P"! qué."
Io. 88. pAg. t. Veale verb. Ver det: &c.

¶l̃ll LI? I? ". N ET S.
¶' Alg"nos dellos Naturales faben All""!
gIA, y lo ſon to. 14. nu. 83.
Ill̃R ET ICIOS**S.
¶. Mendicantes a***** b tos por T" " """P!
rio con au**torid.-I I? j... I*r " " P""
dén diſpé"""" "" ! o . . I?-" "'I?"F
puédán tiedir el s.-"s: . 2o. v..., ,..., ': .,
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