Aduerten cias para tin, con nuestros Diffinidores, de cuyo zelo letras, y experiencia, tenemos cumplida la - tieracion, "y aciendo conferido sobre ello, porfer tan vnitorme la administracion de- llos Indios, y la disposicion dellas tres Pro- uincias esseffe Reyno, lo fue tambien nue- stro parefeer comun, en ella Relacion, remi- riendo ala de cada Qrden lo que fuere fin- gularfuyo. " " ¶ En todas eñas Doãrinas defeando el bien defLas Al mas conuestidas y conforua- das en faca Doctrina por la gracia de Dios, que las redimio, y por el ministerio de nue ltros antecefiores y nuestro. Temiendo su muy cierto daño fi" alsatemos mano dellos, ferozremos a V. M acudiendo a todo lo que le nos ha encomendado, y mandado, non ex vero Charitatis, si no cõobligacio de sulta cia, como ya todos entendemos, y antes mu- chos entendiamos. Mandando"V. M le dif penfe por nuestros Prelados Generales en la prohibicion que por nuestras con fritucio nes tenemos. Hac tres prediã; Prouincia- les Ar vero Minister prouinciali, & Diffi- nitorium huius Prouincias Sancti Euangelii in hunc modum teſcripsit ad Regem Catho " licum, |
![]() |