los Goalellores. xxs a xierras delleles. y iniieles atodas las partes del mundo. A los quales concede, que pue- dan diſpenſaren quas qui ex grado de Matri- monio, que no es prohibido de derecho natu- ral, ni diuino v puedan conocer en todos los cafos de Matrimonio, que a ellos vinieren, y a los que excedieren pueden compeler con con furas, y castigar y al fin pone aquella clausu- la fobte dictia de lono. 4. Q..ue "de los Goal- pos. ñcui ere Religiosos]los que efLauterea ali."reciban las Ordenes, y Atas con fagra- das y donde no los ouiere que ellos las pue den conta grar, y hacer todo lo de mas, que con uiniere al augmento del diuino nem bre, y ampliacion de la tre Catholica. Donde pa- rece Lo fobro dicho, y fin limitacion ninguna. Hagamos cuera.o estos dos prinilegios agora emanaron de Greg. xx. legis dictio es. Q...uiẽdo diria estaret ministerio en los Erailes Mẽdiea tes para los mienas ere couertidos, fin limita cio alguna no ponledota el Papas pues estos dos prinilegios có otros muchos á deſpues la SillaApollosica a cõcedido a los dichos Reli- giosos al mesmo tenor, y an mas fatiorables,a la letra ella confirmados por c. S I Gre-xx. y antes del,por otros muchos Sumos Porifices. " |
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