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Advertencias para los confesores de los naturales (Segunda parte)
M. Ocharte, 1601.
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los Gobfellores. x61
concedendas, como fi todas fuera alli expref
las. Pero quiere, y declara que delta Omnimo
da porefLad no tengan vio los Religioſos intra
duas dietas, vbi est Episcopus, vel "ctus Gflict
alis, Q..ue es fu Prouifor. De manera que por
Adtiano efLa concedido a losdichos Religio
los todo lo que les concedieron fus antepaſ-
lados, como fi de nuesto lo concediera, y el la
Omnimoda potefLad in vero9. foro fuera de
de las dos." elleras mallum requirir alien -
fum Epiſcopi, vel Gflictatis. Et intra, por
que ſe tenga refpcto [como es razon]"asa
dignidad Epiſcopal, quiere el Summo Pon
tit ce, y es muy luito, que le le pida el
consentimiento, no para baptizar, "ns para
estar, ni para administrar los demas Sacramõ
tos. Lexcepto la Confirmacion, y ni para ref-
tigar aon estiancebado, o avn adultero, o
auno que desafu muger, o al que no viene
a Milla, los dias que es obligado, y para
otras cosas le res antes, que es officio de Or
dinatio perostolaritos. st."ensio de ter necella-
rio et colensim eto del Obispo, o de lu lyroui
forzorra duas dictis, para cosas muy graues
no Qrdinarias, que puede el Summo Punt ha-
zer, y no las fuese cometera otrfus Delegidos.
" Æ" i. 1. .