Aduertencias para y todas las de mas cosas tocantes a los.tales ygleñas y fercicio del culto Diuino. Ya los Religiosos que el lunieren en las dichas doc- trinas, ad̃ mismo los viórazers y corregireys en quanto a Guras Praternalmente, reniendo particular cuenta de mirar por el honor y bue na fama de los tales Religioſos, en los exce- los que fueren occultos."y quando mas que ello fuere menefiero cono eniere,dare y s no- ticia a fus Prelados, para que locafliguen. Y no lo haziendo ellos, hare ys lo cada vno de vos conforme a lo difpuefto en el lancio Con cilio de Ttento, paſado el termino y tiempo en el contenido y por que lo que tanto impor- ta, como es la Cura de las almas, y mas las de estas tan noruas en la Fe, no comxtene, y que dea voluntad de los Religioſos, los que el lu nieten en las dichas doctrinas, Cuzados, y be noticios.an de entender, y los Isrelados y los fubditos que an de hacer el Glficio de Guras non ex voro Charitatis. Lcomo ellosdicẽlfi no de sullicia y obligacion, administrando los Sanãos Sacramentos. no folamente a los In- dios. Pero tambien a los Eſpañoles que le hal lar en suir entre ellos. A los indios por los indultos Apostolicos fobte dichos y a los Eſpaño. |
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