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Advertencias para los confesores de los naturales (Primera parte)
M. Ocharte, 1600.
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, y a gj ¿,
los incefluolos, si re ualidar Matrimonios
hechos con impedimento, dirimentes. fin
auctorid ad del Dbispo, o del Corumiliario
de ta Cruzada. fo. s. y. pog. s. lo es. pag. s.
& fequentibus. " " " " " " "
¿. s. gs gj¿.pj ¿, ¿, y
¶ por fin"plen fea tiene obligacion de cre
et explicitas uere que ay vu Dios.&c. fo la.
¶ No esta obligado a faber de memoria el
numero de los Sacramentos, ni los diez ma
damientos, por que baila quefepa ellos dos
principios. Lo que no querrias para si no lo
quiera, para tu proximo, y lo que quertias
s para ti, ello quiere para fu pecxioso." fo. 45.
Pag. .
4. DEBITD CONIVCAL.
¶"Se puede pagar sin peccado antes, o def
pues de la comunion, y como to. nu.-
a y, en tiempo de monstruo, fin peccado,
defelléso pide, o paga. fo.-s su."as. "
al para pedirle no tiene necellidad de dif.
pensacion la persona que pecco con confes
y cinca propria fo si no. i. É
al "No lo puede pedir el conforre que ha co
" " " " nocido